JOSE GREGORIO VIELMA MORA
GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 de la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela, artículos 141;152 numerales
1º,3º, 4º de la Constitución del estado Táchira, publicada en la Gaceta
Oficial del Estado Táchira, número extraordinario 778 de fecha 09 de
febrero de 2001, artículo 184 literal D y 185 del Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las
Trabajadoras, en concordancia con el artículo 21 numerales 1º,3° y 4° de
la Ley de la Administración Pública del estado Táchira publicada en la
Gaceta Oficial del estado Táchira número extraordinario 1.638 de fecha
14 de octubre de 2005.
Considerando
Que
el Poder Ejecutivo Estadal corresponde al Gobernador o Gobernadora del
estado, quien preside y dirige el gobierno y administración del estado y
sus actividades están sujetas a lo establecido en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, la Constitución del Estado y las
Leyes.
Considerando
Que
el fútbol es el principal deporte y pasión en Venezuela y en nuestro
estado, donde existe una mayor afición por esta disciplina.
Considerando
Que la selección de Futbol Venezolana conocida como LA VINOTINTO, es el equipo en las competiciones oficiales de Futbol de nuestro país.
Considerando
Que el viernes 11 de octubre de 2013,en el estadio de Pueblo Nuevo de San Cristóbal, será el próximo partido que jugará la SELECCIÓN NACIONAL DE FÚTBOL (VINOTINTO) con la SELECCIÓN DE PARAGUAY, correspondiente a las eliminatorias suramericanas al Mundial Brasil 2014.
Considerando
Que debido a la importancia de ese encuentro deportivo, la Federación Internacional de Fútbol Asociación, universalmente conocida por sus siglas como FIFA, exige una serie de medidas
de seguridad establecidas en su reglamento, que los organizadores de
partidos, asociaciones y clubes deben adoptar antes, durante y después
de los encuentros, para evitar disturbios entre los espectadores y para
ayudar a garantizar un mínimo de seguridad y orden en el estadio y sus
alrededores.
Considerando
Que
a tal efecto, el Ejecutivo del estado a través de los órganos de
seguridad ciudadana con asiento en nuestro estado, implementará los
mecanismos de control necesarios que garanticen el mantenimiento del
orden público, la seguridad y la paz social antes, durante y después del
encuentro futbolístico.
Considerando
Que a los fines de prestar la mayor colaboración posible en el cumplimiento de las exigencias por parte de la Federación Internacional de Fútbol Asociación, el Ejecutivo del estado ha decidido declarar el viernes 11 de octubre de 2013, DÍA FERIADO de conformidad con lo establecido en el artículo 184, numeral d Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras
Considerando
Que
constituye deber fundamental de todo gobierno de carácter popular,
coordinar las actividades dirigidas a promover el disfrute de eventos de
esta magnitud, cuya afición por esta disciplina comparte la mayoría del
pueblo tachirense.
Considerando
Que
en tal sentido, el Gobierno Bolivariano del Táchira dará el apoyo
necesario a los ciudadanos que asistan a este encuentro futbolístico, a
través de personal humano, equipos de la Policía del Táchira, Protección
Civil y demás órganos de seguridad ciudadana con asiento en nuestro
estado, a los fines de garantizar la atención del colectivo ante
cualquier eventualidad que pudiera presentarse.
Decreto
Artículo 1: Se declara el VIERNES ONCE (11) DE OCTUBRE DE 2013, como DIA FERIADO, en la jurisdicción del municipio San Cristóbal, con ocasión del encuentro entre la SELECCIÓN NACIONAL DE FÚTBOL (VINOTINTO) y la SELECCIÓN DE PARAGUAY,
correspondiente a las eliminatorias suramericanas al Mundial Brasil
2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 184, numeral d,
del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, por lo que se
suspenderán las labores y permanecerán cerradas para el público las
entidades de trabajo, sin que se pueda efectuar en ellos trabajos de
ninguna especie, salvo las excepciones previstas en la referida Ley.
Artículo 2: Se ordena al Instituto Autónomo de Policía del estado Táchiray
al Instituto Autónomo de Protección Civil del estado Táchira, coordinar
con el resto de organismos de seguridad ciudadana con asiento en el
estado, lo referente al apoyo necesario a los ciudadanos que asistan a
este encuentro futbolístico, a los fines de garantizar la atención del
colectivo ante cualquier eventualidad que pudiera presentarse antes,
durante y después de la realización de dicho evento.
Artículo 3: Se
insta a la Dirección Estadal de Tránsito Terrestre, prestar la
colaboración el día viernes 11 de octubre de 2013, a los fines de que se
tomen las medidas de movilidad necesarias para el acceso al complejo
deportivo.
Artículo 4: Se
prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en la jurisdicción
del municipio San Cristóbal, durante los días jueves 10 y viernes 11 de
octubre de 2013.
Artículo 5: La Secretaria General de Gobierno velará por el cumplimiento del presente decreto.
Comuníquese y publíquese
Dado,
firmado, refrendado y sellado en el salón del Despacho del Poder
Ejecutivo, en el Palacio de Gobierno de la ciudad de San Cristóbal, a
los 8 días del mes de octubre de 2013. Años: 203º de la Independencia y
154º de la Federación y 14º de la Revolución. Firmado José Gregorio
Vielma Mora, Gobernador del Estado Táchira. Refrendado: María Gabriela
Varela Varela, Secretaria General de Gobierno.
DIOS Y FEDERACIÓN
FIRMADO:
JOSÉ GREGORIO VIELMA MORA
GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA
REFRENDADO:
MARÍA GABRIELA VARELA VARELA
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
MGVV/smt.-
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