jueves, 19 de septiembre de 2013

Díaz Curbelo: “Los voluntarios son fundamentales para Protección Civil


(Redacción/MPPRIJ/18 Septiembre 2013) La Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, hace un llamado a todos los grupos de voluntarios del país, adscritos a las direcciones estadales o municipales del organismo de prevención y atención, para que actualicen sus datos personales y profesionales en las oficinas donde se encuentran inscritos.

La finalidad de actualizar la base de datos consiste en cumplir los requerimientos de ley, debido a que para ejercer sus funciones como brigadistas adscritos, deben cumplir con todos los requerimientos necesarios, a fin de trabajar dentro del marco legal. Además esta actualización de datos servirá de acercamiento entre el organismo de prevención y atención y sus diferentes voluntarios.

Del mismo modo, Díaz Curbelo, le hizo un llamado a los directores estadales y municipales de Protección Civil y Administración de Desastres del país para que inicien este proceso de actualización de datos en sus respectivas jurisdicciones desde este preciso momento. Agregó, Luis Díaz que esta convocatoria se hace debido a que  algunos Directores de Protección Civil a nivel regional señalan que tienen grupos de voluntarios inscritos, sin embargo se encuentran inactivos o inoperativos, debido a que no reportan actividades a sus despachos.

En tal sentido, El Director Nacional de la Institución, Luis Díaz Curbelo, señaló que, “la labor del voluntariado es  fundamental para nuestra institución, ya que ellos son un componente importante del sistema; y es por ello que hacemos un llamado para que estén atentos y se motiven a inscribirse en la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (UNES), con el objeto de capacitarse y profesionalizarse en los grados de técnicos superiores y licenciados, así como también les informamos que hay cursos de capacitación que les permitirán ampliar sus conocimientos y rangos de acción, elevando su nivel académico” puntualizó.

A continuación se transcribe textualmente lo que señala el decreto Ley de la Organización Nacional  de Protección Civil y Administración de Desastres en su capitulo V denominado de los Grupos Voluntarios de la Protección Civil.

Artículo 18. La Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres contará con la participación de grupos de voluntarios especializados en acciones de protección civil y administración de desastres.

Artículo 19. Los Grupos Voluntarios, se constituirán bajo la figura de asociaciones civiles o fundaciones, sin fines de lucro, y deberán estar registrados en la Dirección de Protección Civil y Administración de Desastres de la jurisdicción donde presten sus servicios. En todo caso, se considerarán como organismos de atención secundaria ante emergencias y desastres.

Artículo 20. A los efectos de este Decreto Ley, se consideran voluntarios especializados en acciones de protección civil y administración de desastres a aquellos ciudadanos en buenas condiciones físicas, psíquicas y mentales que, habiendo realizado los cursos de formación y capacitación exigidos por la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, son integrantes de algún grupo de voluntarios debidamente autorizado y participan de manera voluntaria en actividades de preparación y respuesta ante desastres, bajo la dirección, supervisión y control de la Dirección Nacional, Estadal o Municipal de Protección Civil, según sea su ámbito de acción.

Durante sus actuaciones, los grupos voluntarios deberán acatar y aceptar, en todo momento, las instrucciones que su órgano de adscripción o del coordinador de operaciones en escena les impartan para el desempeño de sus actividades en situaciones de desastres. Las actividades, el registro y el control de los grupos voluntarios de protección civil, estarán regidos por el Reglamento de esta Ley.

Artículo 21. El personal de los grupos voluntarios y de los grupos operativos de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, debidamente registrados y autorizados, durante el ejercicio de sus funciones deberán recibir el apoyo logístico necesario para su desempeño y estarán amparados por una póliza de seguro de vida y de accidentes personales que les brinde protección social cuando cumplan labores específicas autorizadas y auspiciadas por los órganos de la Protección Civil. Dicha póliza será suscrita y pagada por el ente coordinador de la jurisdicción a la cual se encuentre adscrito el grupo voluntario.

Finalmente, acotó, Luis Díaz, que gracias a la incorporación de Protección Civil y Administración de Desastres en la Carta Magna el Sistema de Protección Civil cuenta con un marco legal amplio que nos permite actuar dentro de un orden jurídico, además aseveró el Director Nacional que actualmente todos los funcionarios, así como los voluntarios inscritos cuentan con el respaldo de Gobierno Nacional, ya que se tiene la visión de que los voluntarios que integran la Organización son hombres y mujeres altamente preparados y capacitados que trabajan desinteresadamente por el bien de la población y de esta manera cooperan con el desarrollo de la Nación.

(Prensa DNPCAD/ Ninoska Vásquez S/Foto: Archivo).





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