DECRETO Nº179
JOSE GREGORIO VIELMA MORA
GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA
En uso de las facultades legales conferidas los artículos 141 y 152, numerales 1º,3º y 4º de la Constitución del Estado Táchira,publicada en la Gaceta Oficial del Estado Táchira Número Extraordinario 778 de fecha 09 de Febrero de 2001, en concordancia con el Artículo 34 numerales 1º,3° y 4º, la Ley de la Administración Pública del Estado Táchira,publicada en la Gaceta Oficial del Estado Táchira Número Extraordinario 5447 de fecha 01 de Diciembre de 2014.
CONSIDERANDO
Que conforme a la Constitución del Estado Táchira y a la Ley de Administración Pública del Estado Táchira, corresponde al Gobernador del Estado ejercer la máxima jefatura de la Administración Pública Estadal.
CONSIDERANDO
Que el día 03 de Mayo de 2015, el equipo del DEPORTIVO TÁCHIRA F. C. se tituló Campeón del Torneo Clausura del fútbol venezolano, tras enfrentarse con el Caracas Fútbol Club en el Estadio Olímpico de la UCV.
CONSIDERANDO
Que domingo a domingo, el espíritu local colma el Polideportivo de Pueblo Nuevo para aupar al Carrusel Aurinegro y formar parte de este fenómeno social que sólo es posible ver en San Cristóbal y que día a día aumenta tanto en número como en organización.
CONSIDERANDO
Que año tras año, la fanaticada aurinegra se ha dado cita en cantidad, a los estadios nacionales e internacionales, en los cuales sus sentimientos de victoria y triunfo se conjugan en un sólo propósito, apoyar al equipo de sus amores.
CONSIDERANDO
Que todos los tachirenses poseen un sentimiento muy especial por el equipo del DEPORTIVO TÁCHIRA F.C. y este título llena de euforia y alegría a la gran fanaticada aurinegra, considerada la mejor hinchada del país, que celebrará a lo grande la victoria junto a su equipo.
ARTCULO 1: Declaro el día lunes cuatro (04) de Mayo de 2015, DIA DE JUBILO NO LABORABLE para la Administración Pública del Ejecutivo del Estado Táchira,a los fines de acompañar y asistir junto a la fanaticada aurinegra y al DEPORTIVO TÁCHIRA F.C, en las actividades a realizarse con motivo del triunfo obtenido.-
ARTÍCULO 2: La Secretaria General de Gobierno velará por el cumplimiento del presente decreto.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dado, Firmado, Refrendado y Sellado y en el Salón del Despacho del Poder Ejecutivo, en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de San Cristóbal, a los 4 días del mes de Mayo del año 2015. Años 205° de la Independencia, 156° de la Federación y 16º de la Revolución. Firmado: José Gregorio Vielma Mora, Gobernador del Estado Táchira. Refrendado: Miriam del Carmen Febres Sosa, Secretaria General de Gobierno.
DIOS Y FEDERACIÓN
Firmado:
JOSE GREGORIO VIELMA MORA
GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA
Refrendado:
MIRIAM DEL CARMEN FEBRES SOSA
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
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