sábado, 23 de marzo de 2013

En Gaceta Oficial regulaciones sobre venta de licores, porte de armas y supervisión en uso de piscinas durante Semana Santa

(Redacción/MPPRIJ/6 Marzo 2013) Este viernes fueron publicadas en Gaceta Oficial Nº 40.133, las regulaciones que en materia de expendio y consumo de bebidas alcohólicas; porte de armas y supervisión en uso de piscinas, deberán cumplirse  durante la Semana Santa.
 
El Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia aprobó las resoluciones a fin de garantizar la movilización y disfrute de las familias en estos días de asueto, cuando se estima el desplazamiento de más de 21 millones de temporadistas, precisó el titular del despacho, Néstor Reverol, durante  el despliegue del Dispositivo Semana Santa Segura 2013.
 
En lo que respecta a bebidas alcohólicas – informó- queda prohibida la distribución, expendio y consumo en todo el territorio nacional, los días 24, 28, 29 y 31.
 
Asimismo, habrá restricciones parciales para distribuidores, licorerías, supermercados y afines, que deberán cumplir el horario establecido que  comprende  desde las 11:00 de la mañana hasta las 6:00 de la tarde, los días 22, 23, 25, 26, 27 y 30 de marzo, así como el 01 de Abril.
 
En materia de venta y consumo de licores en Tascas, Restaurantes, Bares, Discotecas, Espectáculos Públicos y afines, deberán cumplir el horario comprendido entre las 12:00 del mediodía hasta las 12:00 de la  noche, los días 22, 23, 25, 26, 27 y 30  de Marzo, además  del 01 de Abril
 
Prohibición  de Porte y Tenencias de Armas
El Ministro de Relaciones Interiores también señaló las restricciones temporales sobre el Porte y Tenencia de Armas de Fuego durante la celebración de la Semana Mayor. La resolución establece que se suspende de manera temporal el Permiso de Porte y Tenencia  de Armas de Fuego en todo el territorio nacional desde el 28 de Marzo a las 6:00 de la mañana, hasta  el  01 de Abril a las 6:00 de la mañana, con motivo del Dispositivo “Semana Santa Segura 2013”.

De esta medida quedan exentos los cuerpos de policía, organismo de seguridad del Estado y Fuerza Armada Nacional.
 
Supervisión en Piscinas
En materia de uso de piscinas y embalses recordó que en centros públicos y privados será obligatoria la presencia  de personal de salvavidas de manera permanente; así como la publicación, en un lugar  visible, de las normas de uso  y seguridad  en estos espacios.
 
La resolución también señala la prohibición en el acceso a las áreas de piscinas o similares a personas que se encuentran bajo la influencia de bebidas alcohólicas y estupefacientes.
 
Asimismo, destacó que no habrá restricciones en materia de carga pesada, por lo que las autori+dades han tomado todas las previsiones necesarias para que los camiones se desplacen sin ningún inconveniente  por todo el eje carretero del país
 
(Prensa/MPPRIJ/Yolanda Hernández/Foto: Archivo)

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