(Redacción/MPPRIJ/6 Marzo 2013) Este viernes fueron
publicadas en Gaceta Oficial Nº 40.133, las regulaciones que en materia
de expendio y consumo de bebidas alcohólicas; porte de armas y
supervisión en uso de piscinas, deberán cumplirse durante la Semana
Santa.
El Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia
aprobó las resoluciones a fin de garantizar la movilización y disfrute
de las familias en estos días de asueto, cuando se estima el
desplazamiento de más de 21 millones de temporadistas, precisó el
titular del despacho, Néstor Reverol, durante el despliegue del
Dispositivo Semana Santa Segura 2013.
En lo que respecta a bebidas alcohólicas – informó- queda prohibida la
distribución, expendio y consumo en todo el territorio nacional, los
días 24, 28, 29 y 31.
Asimismo, habrá restricciones parciales para distribuidores,
licorerías, supermercados y afines, que deberán cumplir el horario
establecido que comprende desde las 11:00 de la mañana hasta las 6:00
de la tarde, los días 22, 23, 25, 26, 27 y 30 de marzo, así como el 01
de Abril.
En materia de venta y consumo de licores en Tascas, Restaurantes,
Bares, Discotecas, Espectáculos Públicos y afines, deberán cumplir el
horario comprendido entre las 12:00 del mediodía hasta las 12:00 de la
noche, los días 22, 23, 25, 26, 27 y 30 de Marzo, además del 01 de
Abril
Prohibición de Porte y Tenencias de Armas
El Ministro de Relaciones Interiores también señaló las restricciones
temporales sobre el Porte y Tenencia de Armas de Fuego durante la
celebración de la Semana Mayor. La resolución establece que se suspende
de manera temporal el Permiso de Porte y Tenencia de Armas de Fuego en
todo el territorio nacional desde el 28 de Marzo a las 6:00 de la
mañana, hasta el 01 de Abril a las 6:00 de la mañana, con motivo del
Dispositivo “Semana Santa Segura 2013”.
De esta medida quedan exentos los cuerpos de policía, organismo de seguridad del Estado y Fuerza Armada Nacional.
Supervisión en Piscinas
En materia de uso de piscinas y embalses recordó que en centros
públicos y privados será obligatoria la presencia de personal de
salvavidas de manera permanente; así como la publicación, en un lugar
visible, de las normas de uso y seguridad en estos espacios.
La resolución también señala la prohibición en el acceso a las áreas de
piscinas o similares a personas que se encuentran bajo la influencia de
bebidas alcohólicas y estupefacientes.
Asimismo, destacó que no habrá restricciones en materia de carga
pesada, por lo que las autori+dades han tomado todas las previsiones
necesarias para que los camiones se desplacen sin ningún inconveniente
por todo el eje carretero del país
(Prensa/MPPRIJ/Yolanda Hernández/Foto: Archivo)
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